| Fortea, compitiendo en persecución. Foto: RM |
La primera de ellas se refiere a la participación en las
pruebas cronometradas, en concreto persecución individual y kilómetro/500
metros contrarreloj para las que no será necesario tener puntos en el ranking,
tal y como sucede con la velocidad y persecución por equipos. Una decisión
en la línea de la Normativa UCI y que también pretende no poner una exigencia
pensada sobre todo para las pruebas de grupo y facilitar la presencia en estas
disciplinas, distintas en su desarrollo.
La segunda es tomar la clasificación de los 200 metros
del Nacional a la hora de determinar no sólo los cruces de la velocidad, como
se determina reglamentariamente, sino también la composición de las series de keirin,
para que sean lo más igualadas posibles en base al estado en ese momento de los
corredores.
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