Posiblemente todo el mundo recuerde la polémica originada en el reciente Tour de Francia femenino de revisar la vestimenta de las ciclistas, en concreto el posible uso de rellenos en los sujetadores deportivos con el fin de obtener un beneficio aerodinámico, una menor resistencia al aire. La medida no conllevó ningún tipo de sanción, porque nadie uso este tipo de material, aunque sí generó polémica el hecho de que una primera revisión fuese realizada por hombres.
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| Pantallazo de 7News que muestra el vendaje irregular en el hombro derecho |
Traemos estos antecedentes para explicar el comunicado referido
a Equipamiento, en general, publicado en relación a los Mundiales juniors,
y que hace mención a los ya conocidos artículos 1.32.032 y 033 que pretenden “aclarar
qué prendas de vestir, accesorios y otros elementos están autorizados y cuáles
se consideran no esenciales y, por lo tanto, prohibidos”.
Básicamente se considera elemento no esencial cualquier
objeto que:
- No tenga como finalidad exclusiva vestir o proteger.
- No sea estrictamente necesario para el funcionamiento de la prenda, accesorio o elemento.
Precisando también que la norma “también se aplica a
cualquier material o sustancia aplicada sobre la piel o la ropa que no
constituya por sí misma una prenda o un accesorio”.
Lo más novedoso, sin embargo, es el régimen sancionador, que
entró en vigor el 1 de julio, y que indica que este uso de accesorios no
conformes tendrá será sancionado -en lo referido a este Mundial- con una multa
de 100 francos suizos y una pérdida de 10 puntos en el ranking UCI o relegación
de un puesto -esto último no se entiende muy bien-, con una coletilla de que “ningún récord del mundo podrá ser
reconocido por la UCI si el corredor ha utilizado un accesorio no conforme o
una modificación no autorizada”.
Finalmente, también se recuerda que “el uso de cualquier equipamiento que no esté disponible comercialmente (incluidos los prototipos) está estrictamente prohibido en las pruebas de ciclismo en pista, independientemente de su fase de desarrollo o de cualquier autorización específica que pudiera aplicarse en otras disciplinas”.

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