Los deportistas rusos y bielorrusos, más cerca de su ‘readmisión’, aunque será la UCI la que decida sobre las competiciones ciclistas

La Junta Ejecutiva del Comité Olímpico Internacional (COI) se reunió hoy para considerar las conclusiones unánimes de la Cumbre Olímpica del pasado mes de diciembre de 2022, después de haber realizado una ronda de consulta con los miembros del COI, la red mundial de representantes de atletas, las Federaciones Internacionales (FI) y los Comités Olímpicos Nacionales (CON) los días 17 y 19 de enero de 2023.

Las discusiones tuvieron tres partes: primero, las sanciones contra el Estado y el Gobierno ruso y bielorruso; segundo, la solidaridad del Movimiento Olímpico con los atletas ucranianos y la comunidad olímpica ucraniana; en tercer lugar, el posible acceso a competiciones deportivas para atletas individuales con pasaporte ruso o bielorruso.

Con respecto a las sanciones, se acordó por unanimidad el refuerzo de las mismas, de forma que Rusia y Bielorrusia seguirán sin poder organizar eventos internacionales, sin poderse exhibir sus banderas, colores, himnos u otras identificaciones en todo el recinto deportivo, y sim poderse invitar o acreditar a funcionarios de estos países.

Con respecto a la solidaridad con los atletas ucranianos, también hubo apoyo unánime hacia la comunidad olímpica ucraniana para que pueda tener un equipo en los próximos eventos olímpicos, facilitando el entrenamiento, la preparación y la participación de los atletas de estos países.

Finalmente, respecto a los deportistas individuales con pasaporte ruso o bielorruso, la gran mayoría manifestó el compromiso con la misión unificadora del Movimiento Olímpico, respetando los derechos de todos los deportistas a ser tratados sin discriminación alguna, sin que los gobiernos puedan decidir qué atletas pueden participar en qué competición y cuáles no, solo por su pasaporte.

Ello abre la posibilidad de participación de los atletas rusos y bielorrusos, pero bajo unas condiciones estrictas:

  • Participando como “atletas neutrales” y de ninguna manera representarían a su estado ni a ninguna otra organización en su país
  • Sólo participarían atletas que respeten plenamente la Carta Olímpica. Esto significa en particular: primero, solo aquellos que no hayan actuado en contra de la misión de paz del COI apoyando activamente la guerra en Ucrania podrían competir. En segundo lugar, solo los atletas que cumplan plenamente con el Código Mundial Antidopaje y todas las normas y reglamentos antidopaje pertinentes serían elegibles. Debe haber controles individuales llevados a cabo para todos los atletas inscritos.
  • En caso de que un atleta no respete los criterios de elegibilidad o las estrictas condiciones de participación establecidas anteriormente, la FI y/o el organizador del evento deportivo en cuestión debe retirarlo inmediatamente de la competición, suspenderlo de otras e informar el incidente al COI para su consideración de nuevas medidas y sanciones.

Igualmente se refiere que se ha acogido la oferta del Consejo Olímpico de Asia para dar acceso a estos atletas a las competiciones asiáticas. No obstante, será cada Federación Internacional la única autoridad para sus competiciones internacionales.

En lo que se refiere al ciclismo en pista, que es la temática de este blog, a pesar de las buenas noticias que supone que se reconozcan los derechos de los deportistas es prácticamente imposible que ambos países puedan estar en la primera prueba clasificatoria para los Juegos, los Campeonatos de Europa de Grenchen, no por la fecha de celebración, del 8 al 12 de febrero, sino por la de inscripción, que termina mañana viernes, a medianoche, aunque si realmente se considera la opción de ‘trasladarlos’ a Asia, el plazo se ampliaría.

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